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Cancelado combate unificatorio entre Kyoguchi y Soto.


El anunciado combate unificatorio entre el japonés Hiroto Kyoguchi (AMB) y el mexicano Elwin Soto (OMB) fue cancelado en virtud de que las partes no pudieron llegar a un acuerdo economico y ahora el japonés deberá negociar su pelea mandatoria ante el interino Esteban Bermúdez. 

El Comité de campeonatos de la Asociación Mundial de Boxeo (AMB) dio un plazo de 10 días a partir de este 18 de agosto para que  Kyoguchi llegue a un acuerdo con Bermúdez.

Por otra lado también se anunció que en la misma circunstancia está el campeón regular supermediano, el cubano David Morrell y su retador mandatorio, John Ryder.


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En el caso del super campeón japonés del peso minimosca, Kyoguchi, y el campeón y retador mandatorio, el mexicano Bermúdez, las negociaciones para su pelea fueron ordenadas el pasado 10 de junio, por lo que el lapso venció el pasado 11 de julio; sin embargo, la AMB no ha recibido notificaciones de un acuerdo. Con el lapso de 10 días otorgado, deberían llegar a un acuerdo antes del 28 de agosto.

En principio, el equipo de Kyoguchi había manifestado estar negociando una pelea de unificación contra el campeón OMB, Elwin Soto, por lo que la AMB había otorgado la concesión, pero no pudieron llegar a un acuerdo para ese combate. Por esa razón, la AMB solicitó a los equipos de Kyoguchi y Bermúdez retomar las negociaciones para la pelea mandatoria.

Por su parte, el enfrentamiento entre el cubano Morrell, campeón supermediano y el retador inglés John Ryder, fue llamado a negociaciones el 7 de julio de este año y su período para enviar un acuerdo caducó el 7 de agosto pasado. En este caso, también tendrán hasta el 28 de agosto para cerrar un acuerdo.

Hace días, el equipo de ecuatoriano Carlos Gógora, campeón supermediano de la Organización Internacional de Boxeo (IBO) anunció que Ryder sería su rival para su próxima defensa. El británico deberá definir con cual de las opciones se queda.

La regla C.13 de la AMB, limitaciones de combates, reza que el campeón no puede pelear contra un oponente que no sea el retador oficial en los 60 días posteriores a la expiración de su período de defensa mandatoria.

De no recibir los acuerdos para ambos combates antes de la fecha señalada, ambas peleas serán llamadas a subasta bajo las condiciones establecidas en el reglamento de la AMB.


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